REGLAMENTO DE REMO (Promocional)

  

 ASOCIACIÓN ARGENTINA DE REMO
Rivadavia 717, 3er. Piso, Of. 303 (1002) Ciudad de Bs.As.
Telefax: (54 11) 4343-9321


                            
REGLAMENTO DE REMO PROMOCIONAL
                                  (Vigente a partir del 21/12/99)


OBJETIVOS DEL REMO PROMOCIONAL

Contribuir al desarrollo y a la práctica del remo.
Despertar el interés en los jóvenes por la práctica del noble deporte del remo.
Contribuir a la formación de los futuros remeros que nos representarán en las regatas oficiales.

OBJETIVOS DE LA COMISIÓN DE REMO PROMOCIONAL

Facilitar la labor de las capitanías de los clubes de remo, organizando el calendario anual de regatas.
Brindar a los entrenadores la posibilidad real y concreta de evaluar a sus remeros en acción.
Conformar un equipo de trabajo para colaborar en la organización y fiscalización de las regatas promocionales.
Organizar cursos de perfeccionamiento, dictar conferencias, realizar proyecciones didácticas, etc.

REGLAMENTO

1.- De los participantes:

Art. 1º: Podrán participar en las Regatas Promocionales los alumnos de las escuelas de remo de clubes, colegios, liceos y universidades, que no hayan intervenido en regatas oficiales, selecciones, campeonatos sudamericanos, etc.

Art. 2º: Podrán participar quienes hubieran corrido en regatas promocionales incluidas en los programas de regatas oficiales de la A.A.R., siempre que éstas se hubieran corrido en botes clinker.

Art. 3º: Cada remero/a podrá participar como máximo en 2 (dos) pruebas en una misma jornada, debiendo haber un lapso de 5 (cinco) pruebas o 30 minutos entre una y otra.

Art. 4º: Las tripulaciones deberán presentarse en la zona de embarque con la indumentaria reglamentaria y uniforme de su club, colegio, liceo o universidad. No hacerlo, conllevará la exclusión del bote.

Art. 5º: Es obligación de los remeros participantes, concurrir el día de la regata munidos de su D.N.I., para poder exhibirlo en caso de que se lo soliciten.

2.- De los Delegados:

Art. 6º: Cada institución deberá designar un delegado que la representará en las reuniones de Remo Promocional. Se deberá designar a una persona distinta del entrenador.

Art. 7º: El nombramiento del delegado será acreditado por nota a las diferentes Comisiones de Regatas, cuyo listado se adjunta.

Art. 8º: El delegado debe acompañar a los remeros de su institución, caso contrario no podrán intervenir en la regata. Será, asimismo, responsable del comportamiento y del vocabulario de sus dirigidos.

3.- De las categorías y distancias:

Art. 9º: Los participantes estarán divididos por categorías y competirán respetando las distancias que seguidamente se indican:
Infantiles: hasta 12 años (que no cumplan 13 al 31/12), competirán sobre 300 metros.
Cadetes: de 13 y 14 años (que no cumplan 15 al 31/12), competirán sobre 500 metros con botes de paseo y sobre 1.000 metros con botes clinker.
Juveniles: de 15 y 16 años (que no cumplan 17 al 31/12), competirán sobre 1.000 metros.
Libres: de 17 años o más, competirán sobre 1.000 metros.
Liceos y Universitarios: mayores de 18 años, inscriptos como alumnos regulares en instituciones de educación terciaria y/o universitaria, competirán sobre 1.000 metros.

Art. 10º: Los remeros/as de las categorías juveniles y libres que obtengan el primer puesto en un mínimo de 5 (cinco) pruebas de regatas promocionales durante un año calendario, pasan al año siguiente a la categoría oficial.

4.- De los timoneles:

Art. 11º: En las pruebas en las que el bote deba llevar timonel, éste no podrá estar ausente. En el caso de que no tenga timonel, el bote no podrá correr.

Art. 12º: El peso de los timoneles será de 35 kg. como mínimo, de lo contrario deberán llevar un lastre hasta completar el peso indicado. No habrá limitaciones en cuanto a edad y sexo. Deberán pesarse obligatoriamente antes del inicio de la primera prueba, bajo pena de ser excluidos.

5.- De las pruebas desiertas o con un solo inscripto:

Art. 13º: Para que una prueba del programa pueda disputarse, serán necesarios como mínimo dos rivales.

Art. 14º: En caso de que hubiera pruebas desiertas por falta de inscriptos o por haber sólo un inscripto o que quede solo porque los demás botes resignan participar, se deberá respetar el tiempo entre pruebas, para posibilitar el recambio de embarcaciones y timoneles.

Art. 15º: En los casos en que haya un solo bote inscripto para una prueba, o quede solo porque los demás botes resignan participar, su tripulación recibirá el premio pero no obtendrá puntos en los casos en que se disputen premios por conjunto.

Art. 16º: Si en la siguiente reunión de delegados por cierre de inscripciones y sorteo de canchas volviera a darse la situación de que el mismo bote de la reunión anterior fuera único inscripto, no será válida dicha inscripción.

Art. 17º: Cuando se presente el caso de que un bote sea o quede como único inscripto, el delegado de la institución a la que pertenece el bote lo podrá inscribir, si hubiera lugar, en la misma prueba de la categoría inmediata superior o en alguna otra. El delegado podrá ejercer esta prerrogativa el día del sorteo de canchas o en la reunión de delegados el mismo día de la regata. En este caso, las tripulaciones podrán obtener puntos para el premio por conjunto.

6.- De las embarcaciones:

Art. 18º: Los participantes de las regatas promocionales podrán utilizar embarcaciones de madera o de fibra.

Art. 19º: Los botes de paseo deberán participar con respaldo completo, pisos y baraderos colocados.

Art. 20º: Se fijan las siguientes medidas mínimas para botes de paseo:

Manga (mín.) Puntal (mín.) Eslora (máx.) Peso
Un par 0.78 m. 0.27 m. 6.00 m a/d
Doble par c/t 0.93 m. 0.33 m. 7.40 m a/d (a determinar)
7.- De los remos:

Art. 21º: Los botes de paseo utilizarán exclusivamente remos standard de madera, salvo la categoría universitaria.

Art. 22º: Los botes clinker de competencia podrán utilizar libremente cualquier clase de remos.

Art. 23º: Los delegados deberán comunicar a los árbitros y al juez de la regata cada vez que sus remeros utilicen remos con una identificación distinta de aquella que corresponde a su propia institución.

8.- De la inscripción:

Art. 24º: Las instituciones organizadoras deberán cursar invitación a todas las instituciones integrantes de la Comisión de Regatas respectiva, a los clubes integrantes de otras Comisiones de Regatas y clubes del exterior que consideren oportuno, y a todas las universidades, liceos y colegios que practican remo, de acuerdo con el listado que se adjunta.

Art. 25º: Las inscripciones deberán completarse preferentemente en el formulario realizado al efecto, el cual estará firmado por una autoridad de la institución, incluyendo además el sello del club, colegio, liceo o universidad.

Art. 26º: Serán nulas las inscripciones en las no se detallen nombre, apellido, fecha de nacimiento y número de documento de identidad de cada participante, incluyendo suplentes.

Art. 27º: Las instituciones participantes en las regatas promocionales podrán inscribir más de un bote en cada prueba.

Art. 28º: El cierre de inscripciones y el sorteo de canchas se producirá 10 (diez) días antes de la realización de la regata en la sede de la Comisión de Regatas que corresponda al lugar donde ésta se desarrollará, fijándose a las 19.30 como hora de iniciación de la reunión de delegados.

Art. 29º: Las inscripciones deberán ser remitidas a la Comisión de Regatas que fiscalizará las pruebas hasta la hora de cierre fijada.

Art. 30º: Las inscripciones serán enviadas personalmente, por carta o fax, debiéndose presentar el original el día de la regata.

Art. 31º: El programa de regatas será fijo, no pudiendo alterarse el orden de las regatas ni hacer agregados.

Art. 32º: En caso de que por una gran cantidad de tripulaciones inscriptas alguna de las pruebas deba desdoblarse, la misma se correrá a continuación de la prueba original, llevando el mismo número de la anterior, pero con el agregado que indicará que corresponde a Serie 1, Serie 2 y así sucesivamente.

Art. 33º: La institución organizadora deberá confeccionar e imprimir - como mínimo - un programa de regatas para cada delegado y para cada entrenador.

9.- Del costo de inscripción y refrigerios:

Art. 34º: El costo de inscripción será fijado por la Comisión de Remo Promocional de la A.A.R. al comienzo de cada temporada y comunicado a las demás Comisiones de Regatas del país.

Art. 35º: Deberá abonarse el precio de inscripción por cada remero/a o timonel, y por cada prueba en la que participe.

Art. 36º: La institución organizadora de la regata será responsable del cobro de las inscripciones y del pago de todos los gastos inherentes a la misma, tales como organización, premios, refrigerios, etc.

Art. 37º: Las inscripciones se abonarán en su totalidad tal como fueran recibidas el día de cierre, sin importar que luego haya tripulaciones borradas por enfermedad, u otra razón.

Art. 38º: El club que por motivos de fuerza mayor no concurriera a la regata, deberá abonar igualmente la totalidad de las inscripciones.

Art. 39º: Se entregará un refrigerio por cada inscripción abonada, por lo que si un remero o timonel participa en más de una prueba, le corresponderá recibir tantos refrigerios como pruebas en la que intervenga.

Art. 40º: Los refrigerios o sus correspondientes vales serán entregados al delegado una vez que éste cancele el precio de inscripción al finalizar la reunión de delegados previo al inicio de la regata.

Art. 41º: La institución que no cumpla con el pago de inscripciones no podrá intervenir en regatas promocionales hasta tanto no salde su deuda.

10.- De la Regata:

Art. 42º: Las regatas promocionales se llevarán a cabo los días domingo.

Art. 43º: Las Regatas Promocionales serán fiscalizadas por la Comisión de Regatas que corresponda al lugar donde se lleven a cabo.
Art. 44º: El día de la regata, los delegados, entrenadores y remeros participantes deberán ajustarse a los siguientes horarios:
a) 9hs.: Reunión de delegados para ratificar o modificar las tripulaciones y/o embarcaciones inscriptas. Pago de inscripciones.
9hs.: Pesaje de timoneles.
10hs.: Largada de la primera prueba.

Art. 45º: La institución que inscriba varias tripulaciones deberá proveerse de las embarcaciones con sus respectivos remos, como así también contar con los timoneles necesarios, ya que no se entorpecerá el normal desarrollo del programa esperando cambios.

Art. 46º: Se premiará de la siguiente forma:
Pruebas en las que intervengan dos botes, al ganador.
Pruebas en las que intervengan tres botes, al ganador y al 2º.
Pruebas en las que intervengan más de tres botes, al ganador, al 2º y al 3º.

3.- Otras disposiciones:

Art. 47º: En cada una de las reuniones de Remo Promocional que se lleven a cabo, se labrará un acta con los temas tratados, las propuestas sugeridas, y las modificaciones que se implementarán al presente reglamento.

Art. 48º: En caso de que alguna institución, delegado, entrenador o remero, cometiera alguna transgresión al presente reglamento, la A.A.R. determinará las sanciones que correspondan, informándolo a la Comisión Directiva de la respectiva Institución.

Art. 49º: Los casos no contemplados en este Reglamento serán resueltos según el Reglamento y el Código de Regatas de la A.A.R.

 

ROGRAMA DE REGATAS PROMOCIONALES
PARA EL AÑO 2000

1.- 1x Infantil
2.- 1x Damas Infantil
3.- 2x Infantil
4.- 2x Damas Infantil
5.- 1x Cadete clinker (batea)
6.- 2x Cadete clinker (batea)
7.- 1x Cadete
8.- 1x Damas Cadete
9.- 2x Cadete
10.- 2x Damas Cadete
11.- 1x Damas Cadete clinker
12.- 2x Damas Cadete clinker
13.- 1x Juvenil
14.- 1x Damas Juvenil
15.- 2x Juvenil
16.- 2x Damas Juvenil
17.- 1x Juvenil clinker
18.- 2x Juvenil clinker
19.- 4+ Juvenil clinker
20.- 1x Libre (especial) fibra
21.- 1x Damas Libre
22.- 1x Damas Juvenil clinker
23.- 2x Damas Juvenil clinker
24.- 8+ Juvenil
25.- 1x Libre clinker
26.- 2x Damas Libre
27.- 2x Libre clinker
28.- 4+ Libre clinker
29.- 1x Libre
30.- 2x Libre
31.- 1x Universitario
32.- 2x Universitario
33.- 1x Damas Libre clinker
34.- 2x Damas Libre clinker
35.- 4+ Damas Libre clinker
36.- 1x Damas Universitario
37.- 2x Damas Universitario
38.- 8+ Libre

Categorías, edades y distancias (Art. 9º del Reglamento de Remo Promocional):

Infantiles: hasta 12 años (que no cumplan 13 al 31/12), competirán sobre 300 metros.
Cadetes: de 13 y 14 años (que no cumplan 15 al 31/12), competirán sobre 500 metros con botes de paseo y sobre 1.000 metros con botes clinker.
Juveniles: de 15 y 16 años (que no cumplan17 al 31/12), competirán sobre 1.000 metros.
Libres: de 17 años o más, competirán sobre 1.000 metros.
Liceos y Universitarios: mayores de 18 años, inscriptos como alumnos regulares en instituciones de educación terciaria y/o universitaria, competirán sobre 1.000 metros.

COMISIÓN DE REMO PROMOCIONAL