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Objetivos del Reglamento y Alcance
Artículo 1º:
El presente reglamento ha sido elaborado y aprobado por integrantes
de los clubes de Remo, reunidos espontáneamente con el objetivo de
fomentar, coordinar y reglamentar el uso del bote de paseo en todo
tipo de competencias y otras manifestaciones deportivas en el ámbito
nacional. El mismo reconoce supremacía en todos sus aspectos
de los estatutos y reglamentos de la A.A.R. por lo que se regirán
todos los aspectos no contemplados en el mismo.
Artículo 1ºBis: Será de
aplicación en las
competencias que componen el campeonato anual organizado por
los clubes adheridos a la Comisión Interclubes Remo
de Travesía (CIRT), que conjuntamente con la CRIT fiscalizarán
su cumplimiento.
Es requisito indispensable para poder intervenir en las
competencias que los clubes participantes se encuentren al
día con la normativa vigente de la CRIT y la CIRT.
Los clubes o entidades que auspician y/o
organizan regatas al margen de las programadas para el torneo
anual, pero igualmente desean someter las mismas a las normas
de este reglamento, deberán comunicar su propuesta
a esta Comisión, para acordar la fecha y hora del evento
para todas las regatas. Las entidades organizadoras deben
cursar invitación o comunicación, al menos con
15 días de anticipación, a los clubes e instituciones
participantes, a la Prefectura Naval Argentina, Secretaría
de Deportes de la Municipalidad en cuya jurisdicción
se desarrollará la prueba. En la misma deben constar
los siguientes datos:
Fecha y hora de partida.
Recorrido y distancia aproximada.
Lugar del arribo.
Handicaps y recargos
Premiaciones, tradicionales y adicionales
Tercer Tiempo
Costo de inscripción
Para las prefecturas, se indicará además, la
cantidad aproximada de embarcaciones y la duración
de la prueba.
EMBARCACIONES
Articulo 2°: Para las pruebas que formen
parte del Calendario Oficial Anual que organiza la Comisión Interclubes Remo de Travesía, serán utilizados
exclusivamente botes de madera, que originalmente hayan sido
construidos como embarcaciones de paseo. Las siguientes son
las medidas mínimas de sus componentes.
Pueden observar la forma en
la que se observarán las medidas,
aqui
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COMPONENTES |
DOBLE PAR
CON TIM |
PAR
SIMPLE CON TIM |
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a) MANGA EXTERNA |
0.95mts. |
0.85mts. |
|
b) LARGO BARADEROS |
2.50mts. |
1.80mts |
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c) PERFIL |
15x15 mm. |
13x13 mm. |
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d) QUILLA |
Será de planchas de hierro de 10x13 mm |
Será de planchas de hierro de 10x13 mm |
|
e) TOLETERAS |
Serán de hierro macizo standard rebatible |
Serán de hierro macizo standard rebatible |
Artículo 2ºBis:
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COMPONENTES |
DOBLE PAR CON TIMONEL |
PAR SIMPLE CON TIMONEL |
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f) PESO MINIMO |
100 Kg. |
70 Kg. |
|
g) ESLORA MAXIMA |
8.35 m |
6.80 m |
La eslora se mide por el centro del bote, desde el final del codaste
hasta la unión de las bordas con la roda. El peso mínimo incluye
rompeolas y bomba de achique y no se tomaran en cuenta los remos
para establecerlo. Para poder alcanzar el peso mínimo en el caso que
las embarcaciones posean un peso menor al establecido se deberá
adicionar un peso sólido (no se aceptará bolsa de arena).
Articulo 3°:
Las restantes características
y componentes de los botes; como largo de vías, amplitud
de toleteras, hincapiés, tipo de horquillas, etc.,
no tienen restricciones, y quedan a criterio del participante.
Articulo 4º: Los remos deberán ser de madera macizos,
y la pala, de libre conformación.
y deberán estar pintadas con los colores del club que representen,
aprobados por la AAR
Articulo 5°:
Las embarcaciones deberán estar completas,
es decir, deberán tener todos sus pisos, asiento, respaldo,
y todos los elementos los botes de paseo.
Articulo 5º
Bis:
Las embarcaciones deberán identificarse con el número asignado
durante la inscripción y sorteo; deberán tener la placa con el
número identificatorio en forma fija en la zona de la proa,
ésta deberá tener el fondo de color blanco de 15 x 20 cm. y
los números en negro de 12 x 7 cm. con trazo de1.5 cm. de
ancho.
El cumplimiento de este artículo entrara en vigencia a partir
del 1 de agosto de 2006.
CATEGORÍAS
Articulo 6º: La categoría de cada bote se determinará
por el promedio de edad de los tripulantes al 31 de Diciembre
del año de la prueba, según el siguiente cuadro:
|
EDADES (desde/hasta) |
MUJERES |
VARONES |
| 14
a 16.9 años |
F14 |
M14 |
| 17
a 19.9 años |
F17 |
M17 |
| 20
a 29.9 años |
F20 |
M20 |
| 30
a 39.9 años |
F30 |
M30 |
| 40
a 49.9 años |
F40 |
M40 |
| 50
a 54.9 años |
F50 |
M50 |
| 55
a 59.9 años |
F55 |
M55 |
| 60
a 64.9 años |
F60 |
M60 |
| 65
a 69.9 años |
F65 |
M65 |
| Más
de 70 años |
F70 |
M70 |
Articulo 6º
Bis:
Sólo para
los remeros de 14 años se exigirá que su edad este
cumplida al día de la regata. Ver artículo 15.
Articulo 7°:
Cuando en alguna embarcación doble
par exista un remero cuya diferencia de edad con cualquiera
de los otros dos fuere igual o superior a treinta (30) años,
se desechará la edad del mayor para la obtención
del promedio que determinara la categoría, tomándose
consecuentemente la edad de los tripulantes menores.
En el caso de botes par simple, no se tendrán en cuenta
la diferencia de edad y se promediará la de ambos tripulantes.
TRIPULACIONES
MIXTAS
Articulo 8°:
En caso de existir botes doble par mixtos, su categoría se
determinará de la siguiente manera:
a)
Los botes
integrados por dos hombres y una mujer participan en la
categoría varones.
b)
Los botes
integrados por dos mujeres y un hombre participan en la categoría
mujeres.
c)
Los botes par simple con tripulaciones mixtas participan en la
categoría varones.
Articulo 9°:
Los botes integrados por dos hombres y una mujer deducirán a
su tiempo real diez segundos por cada kilómetro del recorrido,
mientras que los integrados por un hombre y dos mujeres
sumarán quince segundos por kilómetro del recorrido.
Los botes par simple con timonel con tripulación mixta tendrán
un handicap de diez segundos por cada kilómetro de la
prueba.
Articulo 10º:
El handicap y recargo a que se refiere el artículo anterior se
expresará en minutos y segundos exactos y deberá darse a
conocer con anterioridad al día de la prueba, junto con
la invitación.
PUNTAJE POR CATEGORÍAS Y POR CLUBES
Articulo 11º:
El puntaje obtenido por cada bote en su categoría
corresponderá a la posición ocupada y la cantidad de
embarcaciones inscriptas en la misma:
|
Posición |
4 botes o más |
2 ó 3 botes |
1 bote |
|
1º |
10 Puntos |
5 Puntos |
3 Puntos |
|
2º |
6 Puntos |
3 Puntos |
|
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3º |
4 Puntos |
2 Puntos |
|
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4º |
3 Puntos |
|
|
|
5º |
2 Puntos |
|
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6º |
1 Punto |
|
|
Articulo 11º
Bis:
Las categorías con participantes de un mismo club reciben los
puntos por los botes largados.
Articulo 12º:
Si dos embarcaciones emplean el mismo tiempo, para cualesquier
puesto, en una misma categoría, se sumarán los puntos de ambos
puestos y se otorgará a cada uno la mitad del resultado
obtenido de esa sumatoria. El mismo criterio será utilizado,
en el orden señalado, cuando el empate se produzca en más de
dos embarcaciones.
Articulo 13º:
Para establecer la clasificación por clubes, se sumarán los
puntos obtenidos por los botes que representan al mismo, en
todas las categorías. En c aso de embarcaciones compuestas
por remeros de distintos clubes, los puntos obtenidos por el
bote, serán asignados proporcionalmente a los clubes, según la
cantidad de tripulantes que los represente. En caso de existir
empate en puntos entre dos o más clubes, la mejor ubicación
corresponderá al Club que hubiere empleado menor cantidad de
embarcaciones. De proseguir el empate, se le adjudicará al
Club que -entre ellos- hubieren obtenido el mejor tiempo en la
clasificación general, con cualquiera de sus embarcaciones. Si
eventualmente continuara el empate, se le adjudicará al Club
que hubiere obtenido más primeros puestos en las categorías.
PRESENTACION DE LOS PARTICIPANTES - LARGADA
Articulo 14º:
Los participantes deberán presentarse indefectiblemente a la
hora que cite el Club organizador, para la correspondiente
fiscalización. La largada será de un bote por vez, cada 30
segundos con excepción de la Zárate-Tigre. Al bote que llegase
tarde a la partida, le será computado su tiempo teniendo en
cuenta la hora original prevista para su largada.
PARTICIPANTES
Artículo
15º:
Podrán participar de estas pruebas todos aquellos remeros
mayores de edad de todos los clubes de remo, entidades e
instituciones reconocidas por la AAR, ya sean del país o del
extranjero. También podrán hacerlo los remeros menores que
cuenten con la autorización escrita de sus padres o tutores.
Se considera requisito indispensable que los participantes
posean el carnet de remo habilitante, que se otorga al cumplir
los 14 años. Los menores de 17 años, al 31 de diciembre del
año de la prueba, podrán participar solamente en regatas de
hasta 30 kilómetros de recorrido.
Artículo 15ºBis:
Todo remero que sea socio de mas de un club, sólo podrá
representar a uno, en el año calendario, salvo renuncia a uno
de ellos con la debida notificación por escrito ante la CRIT.
Articulo 16º:
Por razones organizativas, sólo se recibirán inscripciones,
por cualquier vía, hasta las 19 horas del jueves anterior al
día de la prueba, exclusivamente en la Comisión Fiscalizadora.
La Capitanía de cada club deberá avalar todas las
inscripciones, mediante nota dirigida a la Comisión
Fiscalizadora, o refrendando las referidas inscripciones, por
sí misma o por alguna otra autoridad del Club participante.
Artículo 16ºBis:
Las inscripciones que no estén debidamente conformadas de
acuerdo a la normativa vigente provista por la CIRT,(planillas
y programas) y que no se hayan presentado en la sede de
la Comisión Fiscalizadora en hora y fecha, no serán
admitidas bajo ningún aspecto.
Solo se recibirán inscripciones por otra vía (e mail, fax o
teléfono cuando los clubes a participar sean del interior;
debiendo ser aprobadas por los delegados de la CIRT.
Articulo 17º:
Si por razones de fuerza mayor, un club decide reemplazar
tripulantes de un bote ya inscripto, solo se permitirá
sustituir un remero/a,
aplicando el handicap o recargo correspondiente, y no generar
cambios de categoría. No se permitirán permutar remeros entre
embarcaciones una vez cerrada la inscripción.
Las modificaciones se informarán a la mesa de fiscalización
hasta
5
minutos antes del inicio de la prueba, mediante el formulario
de cambio de tripulación, debidamente conformado.
FISCALIZACIÓN
Articulo 18º:
La Comisión de Fiscalización de las Regatas de la Jurisdicción
que corresponda, tendrá a su cargo el control de largada y
llegada, toma de tiempos, cumplimiento de recorrido y todo lo
concerniente al presente reglamento, penalizando los
eventuales apartamientos del mismo. Procederá a la inmediata
eliminación de aquellas embarcaciones que fueran remolcadas,
como así también a aquellas que reciban indicaciones de
embarcaciones auxiliares que le marque el ritmo de marcha y/o
cualquier otra instrucción sobre la navegabilidad.
Artículo 18º Bis:
En la mesa fiscalizadora sólo podrán estar presentes personal
de la CRIT, junto con un miembro del club organizador, y un
miembro del club que organice la siguiente regata según el
calendario anual, quienes deberán presentarse antes de la
largada. No se admitirá personal ajeno a la misma tanto en la
mesa como en las lanchas de fiscalización.
Articulo 19º:
La supervisión y control de las características y
especificaciones de las embarcaciones, establecidas en este
reglamento, estarán a cargo de la Comisión Técnica, designada
ad-hoc, que será realizada a la llegada de las mismas, el día
de la competencia. La Comisión Fiscalizadora será la que
indicará 5 (cinco) embarcaciones participantes.
Artículo 19º Bis:
La embarcación que va a ser sobrepasada no deberá entorpecer
el sobrepaso del bote más rápido.
RESULTADOS Y
RECUENTO DE LOS PUNTOS
Articulo 20° :
La Comisión Fiscalizadora, fijará como hora tope: 15 (quince)
minutos posteriores a la llegada del último bote, en que se
procederá al procesamiento de los datos y cómputos de tiempo,
para determinar la clasificación y recuento de puntos. Dentro
de este plazo, los clubes participantes, a través de sus
delegados, podrán elevar sus reclamos por escrito a dicha
Comisión.
Articulo 21º:
El procesamiento de datos y los tiempos computados para
determinar la clasificación general y por categoría de los
botes participantes, como así también el puntaje obtenido por
cada club en la regata, estará a cargo de la Comisión de
Fiscalización. Colaborarán con la misma, los representantes
del Club organizador, y los de la Comisión Interclubes de Remo
de Travesía (CIRT).
Una
vez concluido el recuento y dado por finalizado el proceso, no
podrán realizarse reclamos, y los resultados se considerarán
inapelables.
Sólo se admitirán apelaciones por errores administrativos de
inscripción, y/o de identificación de las embarcaciones, que
modifiquen el puntaje obtenido por los clubes participantes,
hasta la próxima reunión establecida por la CIRT, subsiguiente
a dicha regata.
DIVULGACIÓN DE LOS RESULTADOS
Artículo 22º:
Los resultados de cada competencia serán dados a conocer, por
parte de la Comisión Fiscalizadora, durante la entrega de
premios, la que deberá realizarse el mismo día de la
competencia. Los datos que deberán proporcionarse serán -como
mínimo- los siguientes:
a)
Clasificación General ordenada de acuerdo al tiempo real
empleado.
b)
Clasificación por
categoría.
c)
Puntaje obtenido
por cada Club.
d)
Puntaje
acumulativo de cada club a lo largo del año.
Articulo 23º:
El Club organizador y/o la Comisión de Fiscalización, harán
llegar a los clubes participantes, a partir del primer día
hábil siguiente a la prueba, vía e-mail, u otro medio, los
resultados de la competencia, conforme a lo ordenado en el
artículo anterior.
Articulo 24° :
El incumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores,
dará lugar a la aplicación de sanciones al Club organizador
por parte de la Comisión Interclubes de Remo de Travesía, la
que consistirá –como mínimo- en la quita de los puntos para la
obtención del Trofeo anual.
RESPONSABILIDAD
Articulo 25º:
Los participantes mayores de edad y los padres o tutores de los
remeros menores, asumen cualquier responsabilidad sobre lo que
pudiera surgirle a ellos, a sus embarcaciones o a terceros, antes,
durante o después de la prueba. La Prefectura Naval Argentina, la
Comisión de Regata de la jurisdicción, los Clubes organizadores y/o
participantes, como así también cualquier otra entidad que colabore
o participe en -forma directa o indirecta- en la prueba, no asumen
responsabilidad alguna sobre las condiciones físicas de los
participantes, averías, accidentes, etc., que pudieran ocurrir.
SEGURIDAD
Articulo 26º:
Los Hospitales y Servicios de Emergencia que correspondan al
desarrollo de la prueba serán notificados por los Clubes
organizadores sobre la realización de la competencia, para que
dispongan el operativo de control y/o prevención que aconsejen
las circunstancias.
CAMPEONATO ANUAL POR CLUBES Y POR
CATEGORÍAS
Articulo 27°:
La Comisión Interclubes de Remo de Travesía establecerá un
Campeonato Anual que será obtenido por el club –que en todas
las pruebas computables- durante el año calendario, hubiere
sido ganador de al menos una de las copas en disputa y hubiere
obtenido mayor cantidad de puntos. Se consideran pruebas
computables a aquellas que conforman el calendario anual de
remo de travesía que fije la Comisión Interclubes y que se
rijan por el presente reglamento.
Articulo
28°:
Los Clubes que en cada una de las competencias computables
hubieren obtenido los seis primeros puestos en la
Clasificación por Clubes, sumarán el siguiente puntaje
por regata, para la copa
anual:
1er. puesto 10 puntos
2do. puesto 6 puntos
3er. puesto 4 puntos
4to. puesto 3 puntos
5to. puesto 2 puntos
6to. puesto 1 punto
Artículo
29º:
En caso de existir dos o más clubes que –siendo ganador de al
menos una copa- hubieren obtenido igual cantidad de puntos, se
determinará al ganador de acuerdo al siguiente orden:
a)
El que
hubiere sido ganador de mayor cantidad de pruebas.
b)
El que hubiere
sido segundo en mayor cantidad de pruebas.
Si
aún prosiguiera el empate, se continuará hasta encontrar una
desigualdad con los terceros, cuartos, quintos y sextos puestos. De
continuar el empate, se consagrará ganador al que hubiere obtenido
la copa de la prueba más larga.
La
forma de desempate a que se hace mención será utilizada también, en
el orden aludido, en caso de registrarse empates en puestos
siguientes al primero.
Articulo 30°:
El premio por categorías será otorgado a los remeros/as que
hayan alcanzado la mejor performance a lo largo del año, según
el calendario dispuesto por la CIRT. La selección de los
ganadores, como máximo tres, deberá seguir el siguiente
criterio:
a)
Haber
participado en al menos en 5 (cinco) regatas en la misma
categoría.
b)
Haber ganado como
mínimo 3 (tres) regatas correspondientes al primer puesto.
c)
Por cada regata
ganada en primer puesto se adjudicará 1 (un) punto.
d)
Sólo en caso
necesario, a fines de desempate será adjudicado medio punto a los
segundos puestos.
Artículo 31º:
Si eventualmente surgieran aspectos no contemplados en el presente
Reglamento, la Comisión que fiscaliza la prueba, será la encargada
de dirimir sobre el tema. La decisión que tome será considerada en
firme para esa prueba sin ningún tipo de apelación.
SANCIONES
Articulo 32°:
En el caso en que las embarcaciones no cumplan con lo
establecido en los Art. 2º, 2ºbis, 3º, 4º, 5º y 5ºbis; la
tripulación será sancionada con la suspensión de 3 (tres)
fechas del calendario anual y será descalificada de la fecha
en cuestión. En caso de reincidencia serán suspendidos por 6
(seis) fechas más.
APROBACIÓN
Artículo 33º:
Una vez aprobado el presente Reglamento, serán notificados del
mismo: Los diferentes municipios, la Prefectura Naval
Argentina, la Asociación Argentina de Remo, las distintas
Comisiones de Regata y los clubes afiliados.
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